Seguro de Suspensión de Empleo y Sueldo para Empleados Públicos

Contratación en Póliza Individual

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Solicitud

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EMPLEADOS PÚBLICOS

Tienen tal consideración, los funcionarios, los militares, así como los empleados en régimen laboral, siempre que estos últimos presten sus servicios para una Administración Pública, un organismo público o una sociedad mercantil pública.

DETALLE DE GARANTÍAS BÁSICAS SEGURO SUSPENSIÓN DE EMPLEO Y SUELDO

Se garantiza la protección de los intereses de los asegurados en el ámbito de la actividad laboral o profesional propia del asegurado, con motivo del desempeño de las funciones propias de su cargo.

SUBSIDIO ASEGURADO MENSUAL:  PRIMER RIESGO

Se asegura un valor determinado hasta el cual queda cubierto el interés asegurado con independencia de cuál sea la retribución neta mensual total.

Subsidio Mensual

1.000€

1.500€

2.000€

Prima Anual **

52,47€

71,40€

90,33€

** Recomendamos la contratación de la cobertura opcional Defensa en procedimientos disciplinarios por un coste anual de 15€.

LA COMPAÑIA garantiza el pago de un subsidio mensual destinado a paliar las pérdidas económicas que pueda sufrir el Asegurado como consecuencia de la suspensión temporal de empleo y sueldo, impuesta por sentencia judicial penal por delito o falta  imprudente o por resolución administrativa disciplinaria, como consecuencia de hechos relacionados con el ámbito general de cobertura.

En caso de suspensión provisional, LA COMPAÑIA indemnizará provisionalmente la diferencia entre retribución neta percibida y la indemnización que hubiera debido percibir en caso de suspensión temporal firme, regularizando la situación cuando la situación se eleve a firme o no llegue a convertirse en sanción definitiva.

DEFENSA PENAL

LA COMPAÑIA garantiza la defensa de la responsabilidad penal del Asegurado en los procesos penales que se sigan contra él por delitos o faltas cometidas imprudentemente relacionados con el desempeño de su actividad. Se incluye la prestación de fianzas tendentes a garantizar la libertad provisional del Asegurado, su presentación a juicio y/o responder del pago de las costas judiciales. Se incluye la primera asistencia al detenido en comisaría. Se excluye la defensa penal ante la jurisdicción militar.

CONEXIÓN DE PROFESIONALES EN SINIESTROS SIN COBERTURA

En los casos en que no existe cobertura por la póliza, LA COMPAÑIA garantiza:

  1. Conexión con  empresa de servicios, para contratar la defensa y reclamación amistosa.
  2. Conexión con abogados a precios ventajosos
  3. Conexión con peritos a precios ventajosos

Sólo se facilita la conexión con la empresa de servicios, la elección del profesional y la obtención del presupuesto para el cliente.

ÁMBITO TEMPORAL DE LAS GARANTÍAS DE PRESTACIONES POR PÉRDIDAS ECONÓMICAS

Quedan cubiertos los siniestros ocurridos durante la vigencia de la póliza. 

A continuación aclara cuándo se entiende que el siniestro ha ocurrido. En el momento en que se ha realizado o se pretende que se ha realizado la infracción disciplinaria que dio lugar a la sanción administrativa o condena penal.

ÁMBITO GEOGRÁFICO

Prestaciones que sean consecuencia de pérdidas pecuniarias ocasionadas por sanciones impuestas o sentencias dictadas por las autoridades y tribunales españoles

GASTOS CUBIERTOS (Entre otros)

Los gastos notariales de otorgamiento de poderes para pleitos, así como los de actas, requerimientos y otros necesarios para la defensa de los intereses del Asegurado.

Los honorarios de abogado en cualquier procedimiento garantizado. Los derechos y gastos arancelarios de procurador. Los honorarios y gastos de peritos designados o autorizados por LA COMPAÑIA.

Las costas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos garantizados.

Las tasas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos garantizados.

Los gastos para acreditar los derechos del Asegurado y garantizar la viabilidad de sus acciones, tales como el coste de atestados judiciales, certificados de tráfico o notas del Registro de la Propiedad.

En procesos penales garantizados, la prestación de las fianzas exigidas para conseguir la libertad provisional del Asegurado, avalar su presentación a juicio y/o responder del pago de las costas judiciales.

Gastos del procedimiento de Mediación de conflictos.

CARENCIA

Se establece una carencia de 3 meses desde la fecha de efecto de la póliza en todos los conflictos derivados de un contrato.

Condicionado

Aquí puedes descargar el condicionado general para consultarlo

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